Por Lic. Francisco Meléndez Segura
Periodista y Catedrático Universitario
Para fiscalizar a los Congresistas de la República no se debe ser mayor de 18 años, peruano de nacimiento ni vivir en Lima.
Sólo se debe contar con un formulario que es entregado en la mesa de partes del Congreso de la República, si no se encuentra en Lima puede dirigir, desde donde se esté, una carta al funcionario responsable del acceso a la información de esta entidad, que usualmente es el Gerente de Administración o el Oficial Mayor del Congreso. Tanto en el formulario como en la carta debe citarse a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley 27806 y especificar su pedido.
Otra alternativa es visitar la página web del Congreso www.congreso.gob.pe y linkear el vínculo Transparencia. Ahí podrá encontrar, en teoría, los planes y gastos del presupuesto, las contrataciones y adquisiciones que realizan los padres de la patria, los proyectos de inversión, las remuneraciones de todos los empleados del hemiciclo, proyectos de inversión, la agenda de las actividades congresales y hasta el directorio con el correo electrónico y teléfono de la oficina de los congresistas.
Si desea conocer más a fondo las actividades del congresista que lo representa, podrá solicitar la reproducción del material realizado por éste. Siempre y cuando se trate de aquella actividad pública, en ningún caso, información privada o íntima como por ejemplo domicilio, salud o cuentas bancarias; pero sí sus proyectos de ley, remuneraciones, viáticos y asistencias al hemiciclo.
Para evitar confusiones debe aclararse que solamente puede pedir copia de información, es decir, no puede exigir que le produzcan informes, balances o análisis de la información que se le ocurra. La ley faculta a las personas a pedir reproducción de documentos ya creados, pero no producción de documentos credos exclusivamente para usted.
Una vez ingresado el pedido (conciso, breve y claro), no deben pasar más de 12 días hábiles para recibir la primera respuesta a su solicitud. El artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 27806 establece que sólo se le cobrará S/. 0.10 Nuevos Soles por fotocopia, nunca debe pagar más. En caso hagan caso omiso a sus demandas puede recurrir a entidades públicas con la Defensoría del Pueblo o entidades privadas como el Consejo de la Prensa Peruana y el Instituto Prensa y Sociedad para que, en nombre suyo, hagan seguimiento al formulario o carta y obtengan la información requerida.
Lamentablemente, el congreso es la entidad estatal que por tradición, es la que menos cumple en la práctica con la Ley de Transparencia. Se niega reiteradamente a brindar información, las mesas directivas y los 120 congresitas no han cambiado la actitud secretista que los caracteriza. Hasta el término del gobierno de Alan García, el Portal de Transparencia no rindió cuentas sobre las remuneraciones de sus funcionarios de los últimos 6 meses de gestión, a pesar que en el primer semestre gastó casi 100 millones de Nuevos Soles en pagarles; tampoco se especificaban las ejecuciones de las compras realizadas durante el 2010, es decir, no se sabe hasta ahora cuánto se desembolsó por una hoja bond o por un auto para el servicio del palacio legislativo.
No sólo la Ley de Trasparencia lo ampara a usted, también el artículo 2, inciso 5 de nuestra constitución política; la Ley del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444; y el Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM
Sólo conociendo nuestros derechos podremos elevar el nivel de congresistas que tenemos y dejar atrás “roba cable”, “come oro” “lava pies”, “come pollos”, “roba luz” o “plancha camisas” y tener verdaderos padres de la patria que cumplan con sus únicos deberes que son fiscalizar y legislar.
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